¡NUEVA ORDENANZA!
Vigente a partir de la liquidación de sueldos de ABRIL 2025
Ordenanza CS Nº185
Plazo para presentar documentación:
HASTA EL 31 DE MARZO DE CADA AÑO.
- Tienen derecho a cobrar "Gastos por compensación de Traslado" (Código 029) aquellos agentes docentes y no docentes que realicen un recorrido no menor a 7 km. por día, al establecimiento en el que presta servicios efectivamente.
- El valor a liquidar surge de aplicar un puntaje, fijado por el Gobierno Provincial, por la cantidad de kilómetros de traslado y de días de la semana que viaja.
- Se trata de una compensación No Remunerativa y No Bonificable.
- El beneficio se tramita en Mesa de Entrada de cada unidad académica, presentando las planillas aquí descargables, y documentación exigida por la Ordenanza.
Consultas: sec_economica@uader.edu.ar